Principales implicaciones para las PYMES que pretendan acudir a la contratación pública financiada con fondos europeos Next Generation UE.

El Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, establece una serie de medidas genéricas para implementar el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en materia de contratación administrativa que las principales Administraciones Públicas han de implementar y desarrollar, dentro del marco establecido por la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

Dichas medidas en materia de contratación publica para la mejor tramitación de los contratos públicos financiados con fondos europeos “NEXT GENERATION UE”, tienen importantes implicaciones para las empresas grandes y pymes, que pretendan acudir a la contratación pública, lo que les obligaría a adecuar y actualizar sus capacidades técnicas, financieras y administrativas si desean acudir a las diferentes licitaciones públicas.

Destacan un paquete de diferentes medidas que hay que conocer y preparar, y que se concretan en:

  • Los procedimientos serán electrónicos exclusivamente, incluidos los contratos menores.
  • La necesaria inscripción en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE), como trámite previo para acreditar la capacidad y solvencia técnica y financiera de la empresa.
  • Se admitirán por las diferentes Mesas de Contratación de las Administraciones Públicas, el bastanteo de poderes por parte de los servicios jurídicos de cualquier Administración Pública, así como, en materia de garantías o avales de los contratos de los operadores económicos a quienes se les haya adjudicado un contrato, el bastanteo de los poderes de los apoderados de la entidad avalista o aseguradora.
  • La publicidad de los diferentes expedientes se realizará, según los diferentes umbrales económicos, tanto en el DUE como en el perfil del contratante de la Plataforma de Contratación del Estado, y en las respectivas Plataformas de Contratación de las restantes Administraciones Públicas.
  • Caso de no poder tramitarse el expediente por el procedimiento abierto con tramitación urgente, se podría acudir al procedimiento negociado sin publicidad por imperiosa urgencia. Siempre que sea posible se han de solicitar tres ofertas, dividir el contrato en lotes, e incorporar criterios de adjudicación en donde se recojan los criterios sociales y medio ambientales.
  • Para facilitar el acceso de las pymes se incluirá en los Pliegos de Clausulas la posibilidad de constituir la garantía definitiva del contrato mediante el sistema de retención del precio del contrato.
  • Se simplificarán los trámites a las empresas mediante la oportuna “declaración responsable”, y tan sólo se cuándo resulte adjudicataria se procederá a la aportación de la necesaria documentación acreditativa para la formalización del contrato.
  • Se han de constituir “Mesas de Contratación” permanentes, simplificando la composición de sus integrantes.
  • El objeto del contrato se ha de dividir en “lotes” para facilitar el acceso de las pymes, justificando su no procedencia en caso contrario.
  • Se contempla la posibilidad de incorporar “criterios específicos de adjudicación”, en materia social, medioambiental, responsabilidad social corporativa, violencia de género, digitalización e innovación siempre que guarden relación con el objeto del contrato.
  • Se podrán establecer “Pliegos Tipo”, tanto para las Clausulas Administrativas Particulares como para las Prescripciones Técnicas del objeto del contrato.
  • En materia de solvencia económica y/o financiera de la empresa se tiende a flexibilizar su exigencia dentro de la normativa básica, así como, la solvencia técnica y/o profesional en base a la cuantía y acreditación de los trabajos realizados en los últimos años.
  • En cuanto a criterios de adjudicación, se da primacía a los criterios basados en formulas, minimizando los sujetos a juicios de valor, siempre buscando la mejor relación calidad precio, en donde se dará primacía a criterios basados en mejoras salariales o de las condiciones laborales; estabilidad laboral; incorporación de personas en riesgo de exclusión (incluidas las personas en paro de larga duración); subcontratación con algún centro especial de trabajo o empresa de inserción; cálculo del ciclo de vida; comercio justo; productos de proximidad; criterios ambientales; de digitalización y de innovación y conocimiento; de fomento de las pymes y las entidades del tercer sector, o igualdad de género.

A la vista de lo anterior, tan sólo queda a las pymes, tanto si vienen licitando con la diversas Administraciones Públicas, como si desean acudir en el futuro, preparase para ello, dado que los fondos europeos se irán recibiendo y gestionando en el periodo 2021/2027, lo que supone una gran oportunidad de negocio para el desarrollo de la inversión privada y una ayudad a las empresas en dificultades.

 

 

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