El Plan de Igualdad será obligatorio en 2021 para empresas que tengan más de 100 trabajadores.
A pesar de que el Plan de Igualdad ya era obligatorio para empresas de más de 250 empleados, a partir del 7 de marzo de 2021 será obligatorio para todas aquellas empresas que contengan más de 100 trabajadores.
En el Acuerdo por la igualdad entre mujeres y hombres, se establece la norma de que las empresas con más de 50 trabajadores y trabajadoras, tengan un control para avisar si existe o no una valoración justa del puesto según el género. Para que esta norma esté regulada es necesario contar con el plan de igualdad, a demás de un plan de acción para corregir diferencias y prevenir cualquier tipo de percance.
Las fechas para establecer un Plan de Igualdad son las siguientes:
- Empresas de más de 150 trabajadores deben tener su Plan de Igualdad para el 07 de marzo de 2020.
- Empresas de más de 100 trabajadores deben tener su Plan de Igualdad para el 07 de marzo de 2021.
- Empresas de entre 50 y 100 trabajadores deben tener su Plan de Igualdad para el 07 de marzo de 2022.
- Empresas con menos de 50 trabajadores, a pesar de no tener que elaborar un Plan de Igualdad, si que tendrán que contar con un Registro Retributivo que será obligatorio a partir del día 14 de abril de 2021.
Por el contrario, sino se establecen los Planes de Igualdad en las empresas y no se respetan las normas y fechas establecidas, se implementará sanciones que oscilarán ente los 620€ a los 6.250€. Si la sanción es muy grave, la multa será de entre 6.300€ a los 187.000€.
Cabe destacar, que el contenido de los planes de igualdad y la obtención de todos sus objetivos será asequible para los empleados y su representación legal.
Sí quieres saber más sobre los planes de igualdad y como crear uno adecuada para tu empresa, puedes informarte de nuestro curso de III Edición del Diploma Universitario en Dirección de la Igualdad en la Empresa: Agentes de Igualdad y Diversidad.