El “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia” elaborado por el Gobierno para canalizar los fondos europeos, por importe de 140.000 millones de euros, establece unos sectores preferentes de nuestra economía y sociedad hacia los que se han de canalizar los citados fondos.
Dichos sectores han de contribuir al objetivo de desarrollo sostenible, economía verde, igualdad de género y modernización de nuestra Administración, entre los que destacan los siguientes:
- El uso de las energías renovables.
- La mejora de la eficiencia energética de los edificios.
- Utilización de un transporte sostenible e inteligente.
- Implantación de redes de banda ancha en todas las empresas y hogares, con fibra óptica y el 5G.
- Digitalización de las Administraciones Públicas, tanto del Estado, como autonómicas y locales, para una mejor prestación de los servicios públicos.
- Digitalización de las industrias y empresas, para almacenar sus datos informáticos en la nube con incorporación de procesadores de última generación.
- Modernización del sistema educativo, orientándolo hacia la formación y perfeccionamiento profesional en competencias digitales.
Con ello, se pretende modernizar y desarrollar el capital humano (salud, educación, formación, protección social, etc.), el capital físico (las infraestructuras, la investigación y desarrollo, nuevas tecnologías, etc.), y el capital natural (protección del medio ambiente, nuevas fuentes de energía, etc.), a través de una serie de ayudas en forma de subvenciones directas y préstamos reintegrables, durante un periodo de seis años, que ayudará a mitigar los efectos de la pandemia del COVID19.
Estos fondos se canalizarán por el Estado hacia las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales, y también, las pymes, y resto de entidades públicas y privadas que podrán acudir a las licitaciones que se publiquen en cada momento.
Por el Real Decreto ley 36/2020, se han establecido cambios normativos en la ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017, en materia de reducción de plazos de tramitación, apostando por el procedimiento de urgencia, y por la potenciación del procedimiento abierto simplificado, y de los procedimientos restringido y negociado.
Igualmente, se establece que los criterios de adjudicación evaluables sobre la base de juicios de valor no podrán superar el 35% del total.
Todo este conjunto de medidas es especialmente apto para la contratación por parte de Comunidades Autónomas y Entidades Locales (Ayuntamientos), incorporando a sus presupuestos los fondos europeos que puedan recibir, y aplicar sus políticas autonómicas, provinciales y locales a los sectores y objetivos del Plan de Recuperación.
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